viernes, 9 de octubre de 2009

Jubilación Ordinaria- Ley 9650

Para acceder a la jubilación ordinaria, el agente estatal debe reunir los siguientes requisitos:


Caso 1- 60 años de edad y 35 años de servicios.

Caso 2- 50 años de edad y 25 años de servicios docentes al frente de grado o profesores con 20 horas cátedras.


Caso 3- 50 años de edad y 25 años de servicios docentes con un mínimo de 10 años al frente de grad-


Caso 4- 55 años de edad y 30 años de servicios docentes.


Caso 5- 50 años de edad y 25 años de servicios insalubres.


Caso 6- Prorrateo de requisitos Jubilatorios entre los casos 1 a 5.

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